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Educación convoca el procedimiento para obtener la habilitación lingüística en lengua extranjera para impartir clase en los centros | Extremadura
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Las cosas como son. 3 de Julio de 2025
 
Educación convoca el procedimiento para obtener la habilitación lingüística en lengua extranjera para impartir clase en los centros
14 de Marzo | 10:23 - Redacción | Comentar
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado una Orden que convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Podrán participar en el procedimiento de acreditación y habilitación lingüística para desempeñar puestos catalogados como bilingües el personal docente que se encuentre en situación de servicio activo en Extremadura y las personas integrantes de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.

Para impartir cualquiera de las áreas, materias o módulos no lingüísticos incluidos en un programa bilingüe, el profesorado deberá acreditar el dominio de la lengua extranjera correspondiente equivalente al nivel B2 o superior de competencia lingüística del MCERL.

Una vez acreditada la competencia lingüística en nivel B2 o superior, la habilitación lingüística se podrá obtener por la vía de experiencia docente bilingüe, mediante la acreditación de una experiencia docente en centros bilingües o secciones bilingües de centros sostenidos con fondos públicos igual o superior a un curso completo o nueve meses no consecutivos.

También mediante la vía de formación metodológica en bilingüismo, para quienes cuenten con experiencia docente en centros bilingües o secciones bilingües de centros sostenidos con fondos públicos inferior a un curso académico completo o a nueve meses no consecutivos, o sin experiencia docente en centros bilingües de centros sostenidos con fondos públicos.

Estas personas podrán optar a obtener su habilitación acreditando una formación especializada en metodología de las enseñanzas bilingües igual o superior a cincuenta horas.

Las solicitudes para obtener la acreditación y habilitación lingüística en lenguas extranjeras se formalizarán según el modelo que se acompaña en la orden e irán dirigidas al titular de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo.

Deberán cumplimentarse obligatoriamente mediante el modelo que estará disponible en la dirección web https://pdocente.educarex.es/acreditacion/solicitud/
Una vez cumplimentada la solicitud electrónica, será imprescindible imprimirla, firmarla y presentarla al titular de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOE, es decir, hasta el día 28 de marzo.

La acreditación y habilitación lingüística obtenida facultará al profesorado funcionario de carrera o en prácticas, en el cuerpo correspondiente, para impartir en la lengua extranjera, áreas, materias o módulos no lingüísticos en los centros públicos docentes no universitarios de Extremadura que tengan autorizados proyectos plurilingües.


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