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ADVIERTE QUE EL PLAZO DE PAGO EMPIEZA A CORRER DESDE QUE EL AGENTE DE LA AUTORIDAD TE ENTREGA LA DENUNCIA
El OARGT ha recibido 1.370 denuncias por infracciones leves contra las normas Covid, que suman un importe de 482.850 euros
17 de Febrero | 21:18 - Redacción | Comentar
Cáceres, 17 de febrero de 2021.- El Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (OARGT) de la Diputación Provincial de Cáceres, ha recibido, desde el mes de enero, 1.370 denuncias por infracciones leves contra las normas de seguridad Covid, que ascienden a un importen de 482.850 euros. Actualmente, todas ellas están en periodo voluntario de pago.

Desde el pasado 23 de diciembre, el OARGT se encarga de gestionar y recaudar las sanciones leves en materia de salud pública, que han sido objeto de denuncia por los agentes, tanto de la Guardia Civil como de la Policía Local y Nacional, por incumplimiento de las medidas de salud pública adoptadas ante la crisis sanitaria del Covid-19.

Desde el OARGT se quiere aclarar que, una vez que el ciudadano es denunciado por el agente y recibe del mismo un boletín de denuncia, el afectado debe saber que no hay que esperar a recibir en su domicilio la denuncia formulada, ya que se trata de un procedimiento abreviado.

Esto significa que, una vez que el agente le entrega la denuncia comienzan a correr los plazos administrativos, y el denunciado no debe esperar notificación adicional posterior.

A partir de ahí, la persona en cuestión puede o bien pagar la sanción en los siguientes 15 días naturales, obteniendo así una reducción del 40% del importe, o bien, formular alegaciones, perdiendo la oportunidad del pago con reducción.

Si se opta por el pago voluntario, deberá hacerse mediante transferencia a la cuenta indicada en el boletín de denuncia que le ha entregado el agente o también obtener el documento a través de la sede electrónica del OARGT de Cáceres  www.oargt.es  o contactando con las unidades territoriales del organismo.

Tras 30 días naturales desde la denuncia sin que se haya efectuado el pago, podrá iniciarse el procedimiento de apremio para su recaudación, incrementándose el importe con los recargos e intereses de demora pertinentes.


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