Publicidad en
El Ayuntamiento sanciona a ocho empresas y cinco entidades por colocar publicidad en mobiliario urbano de Mérida | Mérida (Badajoz)
Ir a Inicio
DirectoExtremadura
Las cosas como son. 5 de Agosto de 2026
 
El Ayuntamiento sanciona a ocho empresas y cinco entidades por colocar publicidad en mobiliario urbano de Mérida
5 de Agosto | 16:02 - Redacción | Comentar
  • El Ayuntamiento recuerda que este tipo de conductas conllevan sanciones de hasta 700 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 148 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza Viaria de la ciudad de Mérida.

El Ayuntamiento ha sancionado a ocho empresas y cinco entidades por la colocación de cartelería y elementos publicitarios en mobiliario urbano, una práctica expresamente prohibida por la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza Viaria y la Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana.


Entre los años 2025 y 2026, los servicios municipales han procedido tanto a la retirada de estos elementos y ha impuesto las correspondientes sanciones por infracciones contempladas en el artículo 41.1 de la Ordenanza de Limpieza Viaria. Los carteles habían sido instalados en señales de tráfico, farolas, contenedores de residuos sólidos urbanos y otros elementos del mobiliario urbano, deteriorando la imagen de la ciudad y dificultando las labores de mantenimiento y limpieza.

El Ayuntamiento recuerda que este tipo de conductas pueden conllevar sanciones de hasta 700 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 148 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Limpieza Viaria de la ciudad de Mérida.

Desde el consistorio se insiste en que la publicidad y propaganda en la vía pública debe respetar la normativa vigente y realizarse únicamente en los espacios habilitados para ello o cuando exista la correspondiente autorización municipal.

La Ordenanza Municipal de Convivencia Ciudadana establece que «la colocación de carteles, rótulos, pancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma de propaganda o publicidad únicamente se podrá realizar en lugares autorizados, con excepción de los casos permitidos por la Administración Municipal». Asimismo, prohíbe expresamente esparcir o abandonar folletos, octavillas o cualquier otro material publicitario en la vía y los espacios públicos sin la debida autorización.

Del mismo modo, la normativa señala que «la colocación de carteles y pancartas sólo podrá ser realizada con autorización municipal y, en todo caso, en lugares habilitados al efecto y siempre que no dañen ni ensucien la superficie y sean de fácil extracción».

El Ayuntamiento de Mérida hace un llamamiento a empresas, asociaciones, entidades organizadoras de eventos y particulares para que respeten la normativa municipal y utilicen los canales y espacios autorizados para la difusión de sus actividades. El cumplimiento de estas normas contribuye a conservar el patrimonio urbano, mantener la ciudad limpia y garantizar una convivencia cívica basada en el respeto a los espacios públicos, evitando así la imposición de sanciones económicas.



Lo más leído en Mérida Ciudad
DirectoExtremadura.com | Todos los derechos reservados. Contacto - ¿Quiénes somos?
Portales en Red
© DIRECTO EXTREMADURA
Registro Mercantil de Badajoz, Tomo 536, Folio 171, Sección BA, Hoja 23767, Inscripción 1ª
C.I.F.: B06617195
Domicilio social 06002 Badajoz
Correo electrónico de contacto contacto@directoextremadura.com
Copyright © Portal en Red Internet y Publicidad S.L., Directo Extremadura, 2014. Incluye contenidos de la empresa citada, del medio DirectoExtremadura.com, BadajozDirecto.com, MeridaDirecto.com, CaceresDirecto.com y PlasenciaDirecto.com, y, en su caso, de otras empresas del grupo de la empresa o de terceros.
EN CUALQUIER CASO TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS:
Queda prohibida la reproducción, distribución, puesta a disposición, comunicación pública y utilización, total o parcial, de los contenidos de esta web, en cualquier forma o modalidad, sin previa, expresa y escrita autorización, incluyendo, en particular, su mera reproducción y/o puesta a disposición como resúmenes, reseñas o revistas de prensa con fines comerciales o directa o indirectamente lucrativos, a la que se manifiesta oposición expresa.