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Borruel insiste en que el Ayuntamiento debe devolver a los ciudadanos el IBI cobrado irregularmente | Badajoz (Badajoz)
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Las cosas como son. 26 de Abril de 2024
 
INSTA AL EQUIPO DE GOBIERNO A QUE DESISTA DE RECURRIR AL SUPREMO
Borruel insiste en que el Ayuntamiento debe devolver a los ciudadanos el IBI cobrado irregularmente
14 de Agosto | 11:43 - Redacción | Comentar
Luis García-Borruel, concejal no adscrito del Ayuntamiento de Badajoz, ha presentado ante la  comisión de Hacienda y Patrimonio para su debate, aprobación y traslado al Pleno municipal una moción por la que insiste al equipo de gobierno para que proceda a devolver a los ciudadanos las cantidades cobradas irregularmente en concepto de IBI.

 Además, insta al consistorio a desistir de recurrir estas devoluciones ante el Tribunal Supremo, lo que supondría una condena millonaria en costas, además del pago de los intereses de demora.

 Por otra parte, los afectados, se van a tener que ver abocados a iniciar costosos procesos judiciales cuando “la obligación de este Ayuntamiento es la de devolver estas cantidades a sus paisanos”, ha señalado Borruel.

 En este sentido el TSJE se remite a la Ley de Procedimiento Administrativo y advierte que si la administración sabe que este impuesto es nulo, debería devolverlo de oficio.

 Exposición de Motivos

 La reforma de la Ley Hipotecaria 13/2015, aprobada el 24 de junio de 2015, hace que los ayuntamientos tengan que revisar su padrón, de tal manera que, muchos propietarios de terrenos urbanos que no los han modificado, ahora deben ver rebajados este impuesto, todo ello provocado por el cambio derivado de una sentencia de Tribunal Supremo.

 Si tenemos en cuenta que es mediante los procedimientos de valoración colectiva de carácter general, como se determina un nuevo valor catastral y que precisamente se inicia, previa manifestación del interés del Ayuntamiento, que detecta diferencias sustanciales entre los valores de mercado, esto da lugar a la aprobación de una nueva ponencia de valores, para lo cual se solicita informe al consistorio correspondiente.

 Siendo cierto que, el valor catastral se determina objetivamente para cada inmueble a partir de los datos obrantes en el Catastro y se fija tomando como referencia el valor del mercado, sin que en ningún caso pueda exceder de este que se calcula a través de un procedimiento reglado, previo informes emitidos por el propio ayuntamiento.



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