EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA SE REUNIRá MAñANA PARA ADOPTAR NUEVAS MEDIDAS
El TSJEX rechaza la limitación de movilidad nocturna, entre la 1 y las 6 de la mañana en Plasencia, JaraÃz de la Vera y Montehermoso
Cáceres, 16 de julio de 2021.- La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha acordado ratificar las medidas de cierre temporal adoptadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de julio de los municipios de Trujillo, Jaraíz de la Vera y Montehermoso, todos ellos en la provincia de Cáceres, ante la incidencia acumulada por el COVID-19.
No obstante, rechaza la limitación horaria entre la 1 y las 6 de la mañana en Jaraíz de la Vera, Montehermoso y Plasencia, ya que considera que no ha lugar al "no superar el juicio de proporcionalidad tanto en la adopción de la medida en relación con otras medidas previas que puedan adoptarse como en la imprescindibilidad de la medida para lograr el beneficio buscado”.
La Sala recoge en un auto que la limitación de la deambulación durante el horario propuesto supone, “una verdadera restricción del derecho fundamental de libertad de deambulación, afectante al núcleo esencial de dicho derecho, por cuanto se traduce en la práctica en un auténtico confinamiento domiciliario durante cinco horas”.
En este sentido, señala que en el informe presentado al tribunal por la Junta de Extremadura, no consta la adopción de otras medidas previas limitativas como reducción de aforos, horarios, pruebas diagnóstico etc, y que no queda acreditado la necesidad y la imprescindibilidad de la medida.
En el caso además de Plasencia, no se solicita el cierre perimetral, a lo que señalan, “comprendemos las dificultades de este cierre, pero no supera el juicio de proporcionalidad acudir a una medida mucho más gravosa sin haber adoptado previamente otras menos gravosas”.
En cuanto a los datos que se ofrecen desde la Subdirección de Epidemiología de ocupación de camas hospitalarias y UCI, la Sala señala que se ofrece para cada municipio pero “no permite conocer el nivel de ocupación de los hospitales de referencia de dichos municipios”.
“No bastan las meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución para efectuar severas restricciones a la libertad personal que es un derecho fundamental previsto en los artículos 1, 17 y 19 de la Constitución Española” concluyen.
También echan en falta información sobre el nivel de vacunación de los municipios donde se propone la medida de limitación de circulación en horario nocturno.
Asimismo, rechazan la petición de ratificar el Acuerdo de 16 de julio de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por lo que respecta a la modificación del Acuerdo de 5 de mayo de 2021, en cuanto a las disposiciones de carácter general que contiene, al superar las competencias de la Sala.
El Ministerio Fiscal en su informe coincide con el criterio de la Sala Contencioso-Administrativo del TSJ de Extremadura. Contra este auto cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El Consejo de Gobierno se reúne mañana para estudiar nuevas medidas
Una vez conocida la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) de no avalar la medida aprobada esta mañana en el Consejo de Gobierno extraordinario de limitación de la movilidad nocturna en los municipios de Plasencia, Jaraíz de la Vera y Montehermoso, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura volverá a reunirse mañana sábado para analizar la situación y tomar nuevas medidas.
Desde la Administración regional, y como no puede ser de otro modo, se respeta y acata la decisión de este Tribunal.