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El ayuntamiento modifica las bases de los Bonos de Consumo para favorecer al comercio local y ampliar el número de empresas beneficiadas | Mérida (Badajoz)
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Las cosas como son. 28 de Marzo de 2024
 
El ayuntamiento modifica las bases de los Bonos de Consumo para favorecer al comercio local y ampliar el número de empresas beneficiadas
17 de Julio | 16:22 - Redacción | Comentar
El ayuntamiento de Mérida amplia las bases de las ayudas para favorecer el comercio local. Lo hace, como explica la delegada de Comercio, Silvia Fernández, “para atender las demandas de los propios comerciantes y empresarios de la capital extremeña que nos han pedido que retrasemos el canjeo de bonos para no coincidir con la época de rebajas tradicional y también, para incluir en la concesión más negocios que puedan verse beneficiados”.

En la modificación de las nuevas bases se elimina la exclusión de aquellos negocios que no hayan cerrado su establecimiento ni cesado su actividad durante el periodo de tiempo declarado en Estado de Alarma. Por lo tanto podrán optar a las mismas todos los negocios de la ciudad que cumplan los requisitos habiendo o no cerrado durante el período de Alarma.

Además como explica Fernández, se amplía el plazo de presentación en diez días hábiles a partir del 16 de julio, fecha de publicación de la modificación en el BOP. Por tanto, y para atender las necesidades de los empresarios y empresarias de la ciudad el consistorio ha decidido que el plazo para canjear los bonos se modifica del 1 de septiembre al 31 de octubre. “De esta forma no sólo ampliamos tiempos para canjear los bonos sino que también, ayudamos al pequeño comercio de la ciudad”, expone la delegada de Comercio.

A su vez, el plazo de presentación de la documentación justificativa que concluía el 1 de noviembre se modifica y amplía al 30 de noviembre. Y una de las novedades más importantes es que se incorporan diversos sectores como posibles beneficiarios de dichas ayudas:

•  Comercio al por menor de alimentación.
•  Comercio al por menor de productos farmacéuticos.
•  Otras actividades profesionales tales como la fotografía, las clínicas veterinarias…
•  Le educación preprimaria, tipo guarderías…
•  Actividades médicas tipo clínicas dentales, fisioterapeutas…
•  Gimnasios y clubes deportivos.
•  Reparación de ordenadores, electrodomésticos, calzado, …
•  Otros servicios personales del tipo peluquerías, clínicas de belleza.

A partir del 1 de septiembre, finalmente, todas y todos los emeritenses podrán disfrutar de los Bonos de Consumo. Una medida anunciada por el alcalde, Antonio Rodríguez Osuna, y que tiene como objetivo paliar las consecuencias negativas de la pandemia sobre el sector del comercio. La modificación de las bases de estas ayudas ya se han publicado en el BOP.

En concreto, el ayuntamiento ha establecido dos líneas para la recepción de estas ayudas:

•  Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial.

•  Línea 2: Incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades.

La cuantía destinada a atender las ayudas al Sector del Comercio Minorista asciende a un importe total de 490.000 euros y se enmarca dentro del “Plan de Estímulo al consumo del comercio local”, del presupuesto del ejercicio 2020, como una apuesta del equipo de Gobierno de Mérida.

Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas reguladas en las presentes bases, las empresas, personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que cumplan los requisitos establecidos (en la ampliación de las bases publicadas en el BOP) y que ejerzan algunas de las actividades comerciales minoristas detalladas.

Como recuerda la delegada municipal de Comercio, Silvia Fernández, “las entidades o personas beneficiarias deberán tener su domicilio social y fiscal, además de desarrollar su actividad, en la ciudad de Mérida”. Además deberán estar inscritos en el registro municipal “DeMérida” como empresa de Mérida y contar con licencia de apertura del establecimiento en vigor. El domicilio fiscal, y el desarrollo de la actividad deberá estar en Mérida.

Estas ayudas consisten en un importante estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, “con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial”, apunta Fernández. Si la actividad cumple los requisitos estipulados, se otorgará una ayuda por establecimiento, persona física o jurídica por un importe de mil quinientos euros (1.500 €), destinada estimular el consumo en el comercio minorista. A tal efecto, el Ayuntamiento de Mérida distribuirá entre los hogares de la ciudad una serie de bonos al consumo, por valor de 20 euros cada uno, que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final, hasta el máximo estipulado de 1.500 € por comercio, según la ayuda estipulada.

Por otro lado existe una segunda línea como incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, “con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades”, explica la delegada de Comercio, Silvia Fernández.

Adicionalmente, como ayuda destinada a paliar la destrucción de empleo, en el caso de que el solicitante tenga trabajadores contratados distintos del autónomo/persona física durante la vigencia de la presente convocatoria, se incrementará con las siguientes cuantías adicionales:

• 300 euros por cada empleado/a a jornada completa hasta un máximo de 1.500 euros.
• Si el beneficiario/a tiene empleado a trabajadores a tiempo parcial, se le incrementará proporcionalmente con la suma de las jornadas hasta completar la jornada completa.
• En todo caso, para su justificación, el beneficiario/a deberá acreditar el mantenimiento del contrato los empleados objeto de la subvención durante un periodo mínimo ininterrumpido de 60 días.

Al igual que en la Línea 1, a tal efecto, el Ayuntamiento de Mérida distribuirá entre los hogares de la ciudad una serie de bonos al consumo que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final, hasta el máximo estipulado de 1.500 € por establecimiento, según la ayuda estipulada.

Además, con carácter complementario, serán subvencionable los gastos de empresas de servicios de gestión administrativa, siempre que el concepto esté relacionado con la gestión de los tramites, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida de las ayudas, incluidos tanto los procesos de acreditación digital de los comercios, como la tramitación, como la justificación, hasta un máximo de 100 €.

Las ayudas de esta convocatoria serán compatibles con otras subvenciones y ayudas, que, para las mismas finalidades, hayan sido concedidas por las Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, salvo cuando se trate de la misma categoría de gasto, en cuyo caso existirá causa de incompatibilidad y las ayudas no podrán acumularse.
Solicitudes

El plazo de solicitud para la ejecución de las ayudas comienza tras la publicación el pasado 16 de julio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y durante los siguientes diez días hábiles. Las solicitudes se dirigirán a la Delegación de Comercio del Excmo. Ayuntamiento de Mérida y se deben tramitar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mérida: https://sede.merida.es. Para ello deberán estar inscritos con anterioridad en la base de datos ‘DeMérida’.

Los/as solicitantes solo podrán presentar una única solicitud de ayudas que englobará todos los establecimientos asociados a la empresa. La cuantía mínima de la ayuda se sumará por cada establecimiento cuyo gasto sea subvencionable tal y como se detallada en la base 8 de la presente convocatoria.

Más información con las bases:


  •  Ayudas al Comercio


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