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Las cosas como son. 19 de Abril de 2024
 
LOS AUTÓNOMOS TAMBIÉN DEBEN ACCEDER AL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS
UPTA alerta de la necesidad de hacer frente al drama de los autónomos mayores de 52 años que cierran sus negocios
11 de Abril | 12:15 - Redacción | Comentar
El presidente de UPTA, Eduardo Abad, ha pedido al gobierno que el subsidio para mayores de 52 años lo puedan cobrar también los trabajadores por cuenta propia, porque es el colectivo más frágil de todo el conjunto de autónomos.

Para Abad, “hay que frenar el despilfarro que suponen las bonificaciones y centrar los esfuerzos en los trabajadores autónomos más desprotegidos”. Es fundamental la creación de una ayuda para los autónomos de más de 52 años que tienen que cerrar su establecimiento o negocio. Hay un total de 25.000 autónomos al año de esta edad que tienen que abandonar su actividad económica y esto es una gran tragedia para miles de familias, hay que intentar paliar esta situación tan crítica para nuestro colectivo”.

 Para un trabajador por cuenta propia de mediana edad, el problema no es sólo cerrar su negocio, sino que se acerca a la edad de jubilación y las lagunas de cotización son un gran perjuicio, sin duda, el hecho de que este colectivo no pueda cotizar supone una auténtica catástrofe.

 El presidente de la unión de profesionales y trabajadores autónomos reitera, “nos preocupan muchos porque son autónomos de especial atención por su vulnerabilidad y sin duda merecen el mismo tratamiento que los trabajadores por cuenta ajena, debemos protegerles no dejarles solos al final del camino, por ello hemos presentado al gobierno una propuesta de subsidio para mayores de 52 años que ayude a esta parte del colectivo.”

 La propuesta que hace UPTA para acceder a esta ayuda, el equivalente al 80% del Iprem hasta la edad de jubilación ya sea legal o la anticipada, implica que estos trabajadores deberán haber cotizado por cese de actividad por un periodo mínimo de 18 meses y ser demandantes de empleo en el momento de la solicitud. También deberán cumplir con las mismas condiciones establecidas para los trabajadores del Régimen General en lo que a rentas y cargas familiares se refiere.








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