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SGTEX denuncia ''falta de transparencia y obstrucción'' a la labor sindical por parte de la Consejería de Medio Ambiente | Extremadura
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Las cosas como son. 24 de Abril de 2024
 
SGTEX denuncia ''falta de transparencia y obstrucción'' a la labor sindical por parte de la Consejería de Medio Ambiente
20 de Febrero | 13:49 - Redacción | Comentar
En varias ocasiones, SGTEX ha solicitado a la Consejería de Medio Ambiente y Rural datos relativos al número de vehículos asignados a los Agentes del Medio Natural, las fechas de las últimas ITV y las incidencias detectadas en las mismas, así como el tipo y número de averías y las acciones de mantenimiento practicadas en los mismos.

Además, solicitaban ser informados sobre la existencia o no de indicativos luminosos y sonoros, existencia o no de un Plan de renovación de la flota de vehículos, así como un listado de todos los vehículos asignados en propiedad,renting o cualquier otro régimen de tenencia, a la Consejería de Medio Ambiente y de los asignados por ésta a la Sociedad de gestión Pública de Extremadura SAU (GPEX) que desempeñan encomiendas de gestión para la dicha Consejería datos

Dado que la administración autonómica ''se negaba a facilitar esta información'', aduciendo que se trataba de "un ejercicio abusivo del derecho a la información" SGTEX reclamó esta información a través del Consejo Nacional de la Transparencia y al amparo del artículo 18.1.e) de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, y ha tendio que ser éste órgano quien obligue a la Junta a facilitarla, lo que hizo a través de la resolución del pasado 4 de diciembre de 2017, en la que, literalmente, el Consejo dictamina, contra las razones alegadas por la Secretaría General, que:

"La solicitud de información se enmarca dentro de las relaciones laborales mantenidas entre los representantes de los trabajadores. Se trata, por lo tanto, de un ámbito que, por un lado, obliga a proporcionar información por parte de los responsables de la entidad y, por otro, y con base precisamente en la información obtenida, permite proteger los derechos de los trabajadores por parte de los representantes de los mismos".

Por lo que concluye que, no existiendo causa para la inadmisión de la solicitud de información:

"INSTA a la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura a que en el plazo máximo de un mes proporcione al reclamante la información solicitada y no satisfecha, remitiendo al Consejo en igual plazo copia de la información trasladada a aquél"

Pues bien, transcurrido más del doble del plazo otorgado por el Consejo de Transparencia, a SGTEX no le consta comunicación alguna facilitando la información solicitada, lo que han puesto en conocimiento de dicho órgano a los efectos oportunos, advirtiendo además de que, el articulo 29.1 i) de la Ley 19/2013, que ampara el acceso a la información en el ejercicio de la actividad sindical, tipifica como infracción muy grave la obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y los derechos sindicales.




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