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Medidas recaudatorias adoptadas por el Organismo Autónomo de Recaudación debido al COVID-19 | Provincia Badajoz
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Las cosas como son. 28 de Marzo de 2024
 
Medidas recaudatorias adoptadas por el Organismo Autónomo de Recaudación debido al COVID-19
1 de Abril | 16:57 - Redacción | Comentar
Se ha ampliado el periodo de pago del impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica o rodaje, el de Actividades Económicas y el correspondiente a Bienes Inmuebles, conocido como contribución. También se ha eximido del pago del mes de abril a los adjudicatarios/as de viviendas de promoción pública y se ha establecido un plazo de vencimiento para los acuerdos de fraccionamiento y aplazamiento concedidos por el OAR

 Desde el Organismo Autónomo de Recaudación se ha dado trasladado en el día de hoy en olivenza, de manera actualizada, de las medidas recaudatorias adoptadas en relación al pago de impuestos y/o tributos así como a los  trámites administrativos y/o sancionadores, debido a la situación de emergencia sanitaria actual causada por el COVID-19.

Mediante cartelería informativa, que se adjunta al final de esta información para su consulta, el OAR informa de lo siguiente:

  • El periodo de pago correspondiente al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, más conocido como impuesto de rodaje, se amplía hasta el 1 de junio del presente año 2020.
  • El periodo de pago en voluntaria para el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se mantiene del 2 de septiembre al 5 de noviembre de 2020. No obstante, los cargos de los recibos domiciliados se retrasan un mes.
  • El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), más conocido como la contribución, podrá abonarse entre el 25 de junio y el 1 de septiembre de 2020, tras retrasarse el plazo de pago voluntario.
  • Los adjudicatarios/as o inquilinos/as de viviendas de promoción pública quedan exentos del pago correspondiente al mes de abril, tras su aprobación el pasado 18 de marzo por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
  • Las actuaciones administrativas de notificaciones de actos y resoluciones individuales, y concretamente los procedimientos sancionadores no tributarios así como los plazos para realizar identificaciones, presentar alegaciones y/o recursos contra la sanción notificada y/o pago en materia de tráfico, han quedado suspendidas durante la vigencia del Real Decreto de declaración de Estado Alarma, y en su caso, prórrogas.
  • Los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento concedidos por el OAR con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto de declaración de Estado de Alarma por coronavirus, así como aquellos que se hayan concedido tras la aprobación del mismo, tendrán como fecha próxima de vencimiento el 5 de julio. Hasta esa fecha, también se amplían los vencimientos de los planes de pago personalizados, no dando lugar su impago -así como los de aplazamiento y fraccionamiento- a la cancelación de los mismos.


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